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Acuerdo permitió levantar el paro nacional minero

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Foto: Paro Minero en Facebook

Con las firmas de los ministros de Minas, Defensa y Medio Ambiente, se ratificó el convenio entre el Gobierno Nacional y los pequeños y medianos mineros del país, por medio del cual se puso fin a mes y medio de paro. Aunque existía un preacuerdo desde el viernes 30 de agosto, los mineros se negaron a levantar las concentraciones hasta que el Gobierno firmara los documentos del convenio.

La desconfianza parecía apenas obvia, pues según la directora ejecutiva de la Confederación Nacional de Mineros (CONALMINERCOL), Luz Estella Ramírez, en ocasiones pasadas los mineros llegaron a concertaciones que, pese a estar firmadas por viceministros, luego fueron incumplidas por el Gobierno. Por eso en esta ocasión se exigían las firmas de los ministros.

Adicionalmente, “este acuerdo debía ir firmado por unos garantes para que no ocurriera lo que pasó con los dos acuerdos anteriores, los cuales el Gobierno Nacional desconoció”, afirmó Luz Estella, al indicar que una comisión de la Cámara de Representantes sirvió de garante en el proceso.

Sobre lo pactado, la dirigente minera indicó que el acuerdo se construyó sobre cuatro ejes transversales: el reconocimiento de la minería informal; la creación de planes de manejo ambiental y guías medio ambientales para los mineros informales; la aplicación de un protocolo para garantizar el debido proceso en los operativos de la fuerza pública a las minas[i]; y la presentación de un proyecto de ley para crear un estatuto de la pequeña y mediana minería en Colombia.

Este proyecto de ley se tramitaría ante la Comisión Quinta del Senado, con carácter de urgente, con el ánimo de que “esa ley puede estar aprobada en unos 4 ó 6 meses, permitiendo el reconocimiento de la pequeña y la mediana minería. Entonces el acuerdo sería transitorio hasta que salga la ley”, anotó Luz Estella.

Sobre los otros ejes del acuerdo, Ramiro Restrepo Guerrero, presidente de CONALMINERCOL, explicó que el reconocimiento de la minería informal comprende la aceptación de la maquinaria que actualmente usan los mineros informales, como dragas y retroexcavadoras, y la definición clara de lo que sería minería informal, ancestral e ilegal. Este último asunto quedaría establecido en el estatuto de la pequeña y mediana minería.

Restrepo Guerrero destacó otro punto del acuerdo correspondiente a las áreas de minería especial para las comunidades ancestrales, recordando  que el Código de Minas, en su artículo 248, establece unos  derechos para las comunidades mineras ancestrales, los cuales deben ser garantizados por el Estado.

Ese artículo 248 habla sobre proyectos de reconversión, mediante los cuales se reorientaría la vocación laboral de los mineros en las zonas donde no es viable desarrollar extracción. Pero es el primer punto del artículo, sobre los proyectos de minería especial, el que genera mayor interés entre los mineros informales.

1. Proyectos de minería especial. En estos casos, el Estado intervendrá, a través de la entidad estatal competente, en la capacitación, fomento, transferencia de tecnología, manejo ambiental, estructuración, desarrollo del proyecto minero y desarrollo empresarial de los mineros informales ya legalizados, de las empresas de economía solidaria y de las asociaciones comunitarias de mineros que allí laboren; en la asesoría de alianzas estratégicas, consorcios o compañías con el sector privado para las actividades de exploración, explotación, beneficio, transporte, transformación y comercialización de los minerales existentes.” [ii]

Respecto al tema ambiental, Restrepo Guerrero señaló que las guías minero ambientales deberán ser expedidas por el Ministerio del Medio Ambiente, con el propósito de que los pequeños productores acojan esa hoja de ruta y pueden cumplir sus planes de manejo ambiental.

“El mayor reto para los mineros es definitivamente aprender a trabajar de una manera sostenible y responsable, sobre todo desde el punto de vista ambiental, porque de nada nos sirven estas ayudas si los mismos mineros no ponen de su parte y hacen una minería acorde con el medio ambiente”, concluyó el presidente de CONALMINERCOL.

 

Malestar por declaraciones anticipadas de Santos

Malestar causaron entre los mineros las declaraciones del presidente Juan Manuel Santos, el pasado 31 de agosto, cuando salió ante los medios de comunicación a celebrar el levantamiento del paro minero, sin que para ese momento se hubiera ratificado completamente el acuerdo.

Durante su intervención, en el Congreso Nacional de Diputados realizado en Medellín, el primer mandatario dijo lo siguiente: "Finalmente logramos levantar ese paro. Un paro que deja unos costos muy altos. Caucasia, Tarazá y esa región de Antioquia sufrió mucho por este paro. Creo que la noticia de que se levantó el paro es una muy buena noticia. Tenemos que analizar bien las lecciones aprendidas ahí".

En contravía a las declaraciones del mandatario nacional, los mineros mantenían sus concentraciones en varios departamentos del país, porque aún no recibían los documentos de acuerdo con las firmas de los ministros.

Sobre esa situación, Luz Estella Ramírez expresó que no es el presidente “quien tiene que levantar el paro, somos nosotros como organización y el Comité Nacional de Paro. Y él sale a decirle a la opinión pública, a través de los medios de comunicación, que el paro minero se levantó por el acuerdo.”

Pese a este disgusto, el día de hoy comenzaron a levantarse las concentraciones de al menos 58.000 mineros que permanecían congregaros en 18 departamentos del país. Esto luego de que el Gobierno Nacional firmara el acuerdo.

 

Antioquia insistirá en una política minera departamental

Aprovechando la coyuntura del acuerdo con los pequeños y medianos mineros del país, el gobernador de Antioquia, Sergio Fajardo Valderrama, afirmó que le volverá a presentar al Gobierno su propuesta para construir la Política Minera de Antioquia.

En un comunicado, la Gobernación recordó que esta iniciativa había sido presentada durante la VIII Feria Internacional Minera. Sin embargo el Gobierno no le ha prestado suficiente atención, como expresó Fajardo Valderrama al indicar que la minería tiene condiciones especiales en torno al subsuelo, la naturaleza y el desarrollo social y ambiental.

“…hay que mezclar todos esos componentes, la minería no es simplemente sacar algo, tiene que tener en cuenta todo ese contexto, el desarrollo, la cultura, lo que se ha construido y eso no es tan fácil, requiere conocimiento y decisión política”, explicó Sergio Fajardo.

En esta propuesta, “el Gobernador de Antioquia sugiere la prohibición de la titulación minera en áreas de resguardos indígenas y consejos comunitarios de negritudes, excepto para la misma comunidad; protección de zonas con condiciones socio-espaciales y culturales especiales y la creación de un fondo parafiscal para la minería para obtener recursos con los que se pueda manejar rigor científico y tecnológico y con altos estándares.”

Igualmente se aborda la necesidad de armonizar los usos del suelo con el subsuelo al momento de otorgar títulos mineros. Además se sugiere la prohibir la titulación en áreas de resguardos indígenas y consejos comunitarios de negritudes, excepto para la misma comunidad.

A esta propuesta de la Gobernación, que ayudaría a reorganizar la minería no sólo en Antioquia sino en el país, podrían sumarse la iniciativa de un grupo de diputados antioqueños de presentar un proyecto de reforma al Código Minero y la misma decisión de los pequeños productores de tramitar un proyecto de ley para crear un estatuto de la pequeña y mediana minería en Colombia.

Teniendo en cuenta lo anterior, podría concluirse que Colombia definitivamente necesita una nueva legislación minera, la cual debería ser construida con aportes de todos los actores implicados, incluyendo a las mismas comunidades, en aras de generar nuevas políticas que permitan generar una minería sostenible y socialmente responsable; en equilibrio con los territorios, el medio ambiente, las comunidades y los derechos humanos.



[i] Ese debido proceso incluye la obligación de las autoridades de realizar una investigación judicial previa para recaudar pruebas que permitan establecer la ilegalidad o criminalidad de la explotación minera.

[ii] ARTÍCULO 248. PROYECTOS MINEROS ESPECIALES. El Gobierno Nacional, con base en los resultados de los estudios geológico-mineros de que trata el artículo 31 de este Código, a través de las entidades estatales adscritas o vinculadas al sector de Minas y Energía, organizará dentro de las zonas que hubieren sido declaradas reservas especiales, proyectos mineros orientados al aprovechamiento racional de los recursos mineros allí existentes, los cuales podrán ser de dos clases:

1. Proyectos de minería especial. Son proyectos mineros comunitarios que por sus características geológico-mineras posibilitan un aprovechamiento de corto, mediano y largo plazo. En estos casos, el Estado intervendrá, a través de la entidad estatal competente, en la capacitación, fomento, transferencia de tecnología, manejo ambiental, estructuración, desarrollo del proyecto minero y desarrollo empresarial de los mineros informales ya legalizados, de las empresas de economía solidaria y de las asociaciones comunitarias de mineros que allí laboren; en la asesoría de alianzas estratégicas, consorcios o compañías con el sector privado para las actividades de exploración, explotación, beneficio, transporte, transformación y comercialización de los minerales existentes.

2. Proyectos de reconversión. Son proyectos en los cuales, dadas las características geológico-mineras y la problemática económica, social y ambiental, no es posible llevar a cabo el aprovechamiento del recurso minero. Estos proyectos se orientarán en el mediano plazo a la reconversión laboral de los mineros y a la readecuación ambiental y social de las áreas de influencia de las explotaciones. La acción del Gobierno estará orientada a la capacitación de nuevas actividades económicas, o complementarias a la actividad minera, a su financiación y al manejo social.

Todas las acciones a que se refiere el numeral 1o anterior, se desarrollarán mediante contratos especiales de concesión, cuyos términos y características serán señaladas por el Gobierno.

Dichas acciones, igualmente, se podrán ejecutar a través de los departamentos y municipios si así lo dispone el Gobierno, con la provisión de los correspondientes recursos.

Colombia, Código de Minas, documento en sitio Web Senado de la República, disponible en: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/2001/ley_0685_2001_pr006.html

Yhoban Camilo Hernandez Cifuentes
Periodista egresado de la Universidad de Antioquia. Candidato a Magister en Ciencia de la Información con Énfasis en Memoria y Sociedad, Escuela Interamericana de Bibliotecología de la UdeA. Coordinador de la Agencia de Prensa IPC entre 2012 y 2018. Actualmente periodista en Hacemos Memoria. Trabajando por esa Colombia excluida y vulnerada, por aquellos que no son escuchados y por la anhelada paz. Aficionado a la literatura, al rock, a las huertas y a las buenas películas.