El pasado mes de abril el Tribunal Administrativo de Antioquia rechazó una propuesta de consulta popular promovida por organizaciones sociales y comunitarias del municipio de Pueblorrico, suroeste antioqueño, con el propósito de declarar la vida, el agua y el territorio, como derechos sagrados, supremos, autónomos y colectivos por encima de cualquier proyecto minero energético, tratado comercial o industria extractiva.

Ante la negativa, los promotores de la propuesta, articulados en el Comité de Concertación Social: Pueblorrico por la Defensa del Territorio, preparan la construcción de una consulta autónoma, como acción política y simbólica que les permita ratificar su posición frente a esta problemática.

Una iniciativa similar se promovió en el municipio Cajamarca, departamento del Tolima, donde el pasado 13 de febrero el Concejo municipal negó una consulta popular para que la gente se manifestara sobre el proyecto  minero La Colosa de la Anglo Gold Ashanti. Allí, los habitantes realizaron un juicio ético a los 10 concejales que rechazaron la propuesta e impulsaron una consulta autónoma con garantes internacionales.

Sobre la decisión del Tribunal en Antioquia, Yamid González Díaz, líder del Cinturón Occidental Ambiental del Suroeste de Antioquia, concluyó que “el Estado colombiano ofrece garantías pero sólo en el papel”, pues cuando las comunidades apelan a mecanismos de participación, como la consulta popular, encuentran barreras para desarrollar sus propuestas.

El líder social explica que desde el Gobierno central se toman decisiones que afectan la integridad del territorio y la autonomía de las comunidades, y advierte que a través de políticas como la Locomotora Minera las instituciones están promoviendo leyes del despojo.

Por ejemplo, “cuándo la actividad minera es declarada de utilidad pública y de interés social, nos está amenazando con la expropiación y con la transformación de nuestra vocación económica.”

En entrevista con la Agencia de Prensa del IPC, Yamid González Díaz amplió detalles sobre la decisión del Tribunal y sobre los planteamientos de fondo de la consulta en Pueblorrico; la cual no buscó otra cosa que ratificar la protección de los derechos fundamentales por encima de los derechos económicos.

¿Por qué deciden hacer una consulta popular en Pueblorrico?

En Pueblorrico pensamos implementar un mecanismo de participación en el que las comunidades pudiesen ejercer ese derecho a tomar decisiones trascendentales para su presente y su futuro. Consideramos que la Locomotora Minero Energética nos obliga a realizar esas acciones inmediatas porque nuestro territorio está siendo concesionado a intereses empresariales para implementar esa política que, consideramos, está afectando nuestro ejercicio de autonomía pero también la integridad del territorio.

La Consulta Popular está en la Ley 134 de 1994. Nosotros cumplimos con todos los requisitos pero necesitábamos el pronunciamiento del Tribunal para que declarara constitucional la consulta y así poder iniciar el trámite en la Registraduría que empezaría a organizar la logística de las votaciones.

¿Cuál fue la intención de la consulta?

Lo que queríamos era que el Estado realmente reconociera que los derechos fundamentales deberían estar por encima de los derechos económicos.

En esta consulta NO planteábamos un no directo a la minería, queríamos era generar una discusión en torno a que en Colombia se le está dando prioridad a los derechos económicos por encima de los derechos fundamentales; y cuáles son esos derechos fundamentales para nosotros: vida, agua y territorio.

Nuestra pregunta era: ¿Está de acuerdo o no que en el Municipio de Pueblorrico, Antioquia, el derecho a la vida, al agua y al territorio sean declarados derechos sagrados, supremos, autónomos y colectivos que están por encima de cualquier proyecto minero energético, tratado comercial o industria extractiva?

Lo que estábamos planteando es que efectivamente se están tomando decisiones desde el ámbito institucional que están afectando la integridad y la autonomía de las comunidades. Por ejemplo, cuándo la actividad minera es declarada de utilidad pública y de interés social, nos está amenazando con la expropiación y con la transformación de nuestra vocación económica en un territorio que ha sido agropecuario.

Entonces planteamos esa propuesta de comunidad con mandato popular. El Alcalde decidió acogerla y se cumplieron todos los trámites legales. Se envió al Tribunal Administrativo de Antioquia, pero éste decidió declarar inconstitucional la pregunta a la consulta popular.

¿Por qué fue negativa la respuesta de la Justicia?

Según el Tribunal, efectivamente la vida, el agua y el territorio como derechos sagrados, supremos, autónomos y colectivos, entran en la categoría de derechos fundamentales pero como eso ya está incluido en la Constitución Política de Colombia, es el Estado quien debe asumir las garantías de su protección. Ese es un primer argumento. Prácticamente nos dijo que eso es obvio, que eso ya está. Nosotros lo sabíamos pero nosotros quisimos fue plantear ese escenario de los derechos fundamentales con los derechos económicos.

Con el otro tema, cuando planteamos que esos derechos a la vida, el agua y el territorio están por encima de cualquier proyecto minero energético, tratado comercial o industria extractiva, lo que nos dice el Tribunal es que nosotros lo que queríamos era bloquear, mediante esa pregunta, los mega proyectos en el territorio. Entonces planteó la discusión de que las Alcaldías y los Municipios no tienen la competencia para regular el tema minero energético en su territorio y que para eso están las autoridades nacionales, del Estado Nación.

¿Cómo perciben ustedes esta decisión del Tribunal?

La conclusión a la que nosotros llegamos es que realmente no se dio la discusión que pretendíamos. El Estado colombiano ofrece unas garantías pero sólo en el papel. Pero ese Estado Social de Derecho mediante sus instituciones también está promoviendo leyes del despojo. Ahí hay una contradicción de ese Estado Social de Derecho, entonces por acá está el Código de Minas que nos amenaza con expropiarnos y lo que dicen es que la ley va a garantizar esos derechos fundamentales.

La denuncia nuestra es que el Estado en Colombia no nos está garantizando esos derechos y por eso queríamos promover esas consultas populares. Consultas que han sido bloqueadas simultáneamente, como sucedió en Pijao, Quindió; en Cajamarca, Tolima; y en otros municipios donde se ha intentado intimidar a los Concejos y las Alcaldías cuando promueven este tipo de acciones.

¿Cómo se sienten después de esta declaración de inconstitucionalidad?

Estamos un poco decepcionados porque nos parece que el Juez no dio la discusión que nosotros queríamos plantear y, desafortunadamente, en Colombia parece que les dan más garantías a los intereses empresariales y extranjeros que a los intereses construidos desde las propias comunidades.

Para nosotros no es un delito lo que planteamos, era algo tan obvio. Pero desafortunadamente en Colombia siguen planteando que los derechos económicos están por encima de los derechos fundamentales.

El Tribunal Administrativo de Antioquia dice que el Estado es quien garantiza esos derechos fundamentales y que las comunidades también están en la obligación de defenderlos. Pero que pasa en Colombia, que cuando las organizaciones queremos defenderlos: o nos asesinan o rechazan nuestras propuestas.

¿Qué acciones piensan emprender a futuro?

Vamos a seguir en el escenario de seguir reivindicando esta consulta popular y si el Estado nos dijo que no, igual nos vamos a pronunciar y vamos a hacer una consulta autónoma con iniciativa nuestra.

Nosotros vamos a hacer un acto simbólico de salir a las urnas. Los grupos organizadores nos vamos a pronunciar en Pueblorrico para fijar en qué condiciones vamos a hacer esa consulta autónoma, que sería como una acción política y simbólica porque consideramos que esa propuesta es legítima y que no es ilegal, que no es un delito.


Mandatos populares en Pueblorrico

Los mandatos populares presentados al Concejo Municipal y la Alcaldía de Pueblorrico el 30 de noviembre de 2014 son los siguientes:

1. Declaramos como actores no gratos en Pueblorrico a Anglo Gold Ashanti, Solvista Gold, I´m Gold, Angel Gold, Anglo American Gold, Sociedad Soratama, Mineros de Colombia S.A, Caramanta Conde Mine, Cablemas Pueblorrico Televisión, Hernando Calle Arango y todas aquellas empresas mineras y aliados que pretenden pasar por encima de la autonomía de este pueblo que hoy reclama Dignidad!

2. Prohibir el uso del Cianuro y el Mercurio en el Municipio de Pueblorrico Antioquia para garantizar nuestros derechos fundamentales y sagrados a la Vida, al Agua y al Territorio.

3. Convocar a Consulta Popular por la Vida, el Agua y el Territorio.

Los mandatos populares son un ejercicio comunitario de legislación popular que ha sido promovido por el Comité de Concertación Social Pueblorrico por la Defensa del Territorio, el cual articula a grupos organizados del municipio como: ASOCOMUNAL, Asociación Campesina Comunidad en Acción – ACCA, Escuelas Campesinas, Cabildo del Adulto Mayor, Asociación de Mujeres, Grupo de Caminantes Huellas, Resguardo Indígena Bernandino Panchí, Periódico La Calle 30, Canal Comunitario Telepueblorrico, Mesa Ambiental, entre otros.

Durante el encuentro de la Cumbre Agraria en Medellín, entre el 28 y 30 de abril de 2015, se realizó un plantón frente al Tribunal Administrativo de Antioquia para rechazar la declaración de inconstitucionalidad a la consulta popular en Pueblorrico.

Y en el vecino municipio en Támesis, suroeste antioqueño, el 3 de mayo se realizó una movilización para exigir una consulta popular, en solidaridad con la decisión judicial que afectó a Pueblorrico.

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