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Gobernanza y gestión hídrica: Una mirada alternativa en torno a los acuerdos de La Habana

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Gobernanza y gestión hídrica: Una mirada alternativa en torno a los acuerdos de la Habana [1]

Por: Mauricio Madrigal [2]

“ Marzo 22: Día del agua

De agua somos.

Del agua brotó la vida. Los ríos son la sangre que nutre la tierra, y están hechas de agua las células que nos piensan, las lágrimas que nos lloran y la memoria que nos recuerda.

Galeano, Eduardo, 2012.  Los Hijos de los Días”

El acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera (en adelante: acuerdo de la Habana) entre el Gobierno de Colombia y  las FARC – EP[3] representa una oportunidad única para construir un nuevo modelo de gobernanza y gestión hídrica, que tenga como pilares los derechos humanos y la ética de la conservación integral  y colectiva de la naturaleza.  Esta oportunidad se refleja, entre otros aspectos, por el valioso reconocimiento del enfoque territorial y de la participación de la ciudadanía en la construcción de las políticas, planes, programas y normas.

La construcción de este nuevo modelo de gobernanza y gestión hídrica debe partir de la visibilización de los orígenes, causas, responsables y consecuencias de la actual crisis del agua que sufre Colombia y gran parte de la región Latinoamericana. Conforme a ello, es preciso señalar en primera instancia que:

Desde la inserción de América Latina en el sistema mundial, la extracción de recursos naturales fue fundamental para su desarrollo económico, social y político. Esto ha llevado a continuas tensiones y antagonismos acerca del acceso a los recursos naturales, la distribución y uso de los ingresos y la distribución, compensación y prevención de costos ambientales y sociales (Alimonda, 2011). Por tanto, en América Latina las cuestiones de pobreza, desigualdad y protección del medio ambiente están estrechamente entrelazadas (Fabio de Castro, 2015, p. 14).

El actual estado del agua en nuestro país es el reflejo de la acumulación de décadas de contaminación y degradación ambiental derivada de un modelo de desarrollo que integra a la naturaleza como un bien mercantil parte de cadena de producción y no como un bien comunal ecológicamente esencial para la vida misma y mucho menos como un derecho humano. Y aunque como consecuencia del cambio climático, el crecimiento demográfico y otros factores, cada año Colombia disminuye su oferta hídrica, el principal problema en torno a este vital recurso es su calidad. Aproximadamente el 50% del agua en Colombia es de mala calidad, estimando que el sector agropecuario y las aguas domésticas (residuales) generan nueve mil toneladas de materia orgánica contaminante que es vertida a los acuíferos nacionales (Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM, 2010).

En el Foro: “Dividendos Ambientales por la Paz” en Marzo de 2016, el Director del Departamento Nacional de Planeación señaló que Colombia ahorraría $7.1 billones anuales en degradación ambiental, y brindó algunas cifras:  – Entre 1990 y 2013, el 58% de la deforestación ocurrió en municipios de conflicto. – 60% de las fuentes hídricas del país están potencialmente afectadas por extracción ilícita de minerales y derrames de petróleo: 10 veces el caudal promedio del río Nilo. – 4,1 millones de barriles de petróleo han sido derramados en los últimos 35 años: equivalente a 16 veces la catástrofe de Exxon Valdez (así se llamaba el buque petrolero que en 1989 encalló con 11 millones de galones de crudo y causó la peor tragedia ecológica en Alaska).

En el presente artículo se pretenden brindar algunas reflexiones generales sobre la importancia de generar un modelo alternativo de gobernanza y gestión hídrica, tomando como referencia el acuerdo de la Habana y la actual coyuntura política.

Antes de desarrollar lo mencionado, es esencial diferenciar  la gobernanza hídrica de la gestión hídrica:

Por un lado, la “gestión del agua” se refiere más a las actividades operativas y de terreno para alinear los recursos de agua, la oferta, el consumo, y el reciclaje, mientras que la “Gobernanza del Agua” engloba las reglas, los procesos de toma de decisiones de las políticas públicas del agua, y su implementación (OCDE – 2009).

Aunando en la definición de gobernanza hídrica, es necesario matizarla y para ello se propone la siguiente concepción: Proceso por medio del cual se pretende lograr la conservación y uso sustentable de los recursos hídricos, promoviendo la formulación e implementación de políticas y normas hídricas participativas, teniendo como pilar fundamental el derecho humano al agua y  bajo el enfoque de la gestión integrada.

Para poder proponer, por lo menos en términos generales, un modelo alternativo de gobernanza y gestión hídrica es necesario explicar los elementos esenciales del modelo actual modelo. Para ello, es necesario mencionar que desde el Plan Nacional de Desarrollo 2006 – 2010 se comenzaron a integrar en la gestión del agua dos figuras: la gobernanza hídrica y la gestión del riesgo.

Conforme a ello, la materialización de la gobernanza hídrica propuesta desde las instancias gubernamentales se ha dado a través de la creación de Consejos de Cuenca,  en Colombia  el desarrollo de estos Consejos ha sido gradual, partiendo de la promulgación del Plan Nacional de Desarrollo 2006- 2010.  En este se estableció la gestión integral del recurso hídrico en una de las líneas de acción del  capítulo cinco titulado “Una gestión ambiental y del riesgo que promueva el desarrollado sostenible” y se planteó como meta la formulación de una Política hídrica nacional, la cual fue presentada ante el Consejo Nacional Ambiental en diciembre de 2009 bajo el título de: “Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico”  en adelante Política Hídrica Nacional. Esta tuvo entre sus documentos base para el diseño, una consultoría para la reglamentación de los Consejos de Cuencas (Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial – 2010, p.5).

Como consecuencia del anterior reconocimiento se dio  la expedición del Decreto 1640 de 2012, que  consagra por primera vez las figura de los Consejos de Cuenca, específicamente en el artículo cuarenta y ocho con la misión particular de ser las instancias consultivas y representativas de todos los actores que viven y desarrollan sus actividades dentro de la cuenca hidrográfica[4].

En torno a la gestión del riesgo es importante mencionar que con la promulgación de la Política Hídrica Nacional y el Decreto 1640 de 2012 se modificó la estructura de la planeación hídrica nacional, dividiendo nuestro país en cinco áreas hidrográficas (Amazonas, Caribe, Orinoco, Pacífico y Magdalena – Cauca), 41 zonas hidrográficas, 23 provincias hidrogeológicas y 309 sub- zonas. En estas últimas se deberán desarrollar los planes de ordenación y manejo  de cuenca[5],  que son la columna vertebral de la planeación hídrica en Colombia y  además,  instrumentos jerárquicamente superiores a los Planes de Ordenamiento Territorial de acuerdo con el literal b del artículo 10 de la Ley 388 de 1997 cumpliendo una función esencial en el desarrollo del país, ya que por medio de los mismos se identifican los problemas hídricos,  se priorizan y proyectan acciones para su solución.

Considerando todo lo antes expuesto y vinculando lo establecido, especialmente, en el punto 1 del acuerdo de la Habana, denominado “Hacia un Nuevo Campo Colombiano: Reforma Rural Integral. Se presentan los elementos esenciales que deben considerarse para conservar integral y colectivamente el agua:

En torno a la gobernanza hídrica:

– Se debe crear una autoridad nacional del agua con participación comunitaria y una Ley de Agua que regule tanto la gestión como la gobernanza hídrica.

– Se debe reconocer e incorporar en las políticas, planes, programas y normas el derecho humano al agua.

– Se debe detener la política extractivista que tiene como eje de desarrollo la minería a gran escala, para crear una política conservacionista que tenga como eje de desarrollo la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos.

– Se deben crear espacios de construcción de políticas, planes, programas y normas que reconozcan la multi e inter culturalidad, que brinden voz y voto a las poblaciones marginadas,  y que aborden los conflictos por el agua desde el enfoque de derechos.

En relación con la gestión hídrica:

– Se deben respetar y proteger  las formas alternativas de gestión del agua, especialmente las comunitarias.

– Se deben integrar en la gestión hídrica y los riesgos el enfoque de género, y la protección integral de la población más vulnerable.

– Se deben reordenar las cuencas hidrográficas, promoviendo el uso adecuado de la tierra de acuerdo con su vocación, estimulando la formalización, restitución y distribución equitativa de la misma, garantizado el acceso a la  propiedad rural de las mujeres rurales y de la población más vulnerable, logrando con ello democratizar la propiedad (Gobierno Nacional y FARC – EP –  2016, pp 8).

Bibliografía

Castro, Fabio… et al, 2015. Gobernanza ambiental en América Latina / de Castro, Fabio … [et.al.]. – 1ª ed. – Ciudad Autónoma de Buenos Aires : CLACSO; ENGOV, 2015. E-Book.

Decreto 1640 de 2012: Por medio del cual se reglamentan los instrumentos para la planificación, ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas y acuíferos, y se dictan otras disposiciones. Extraído de: http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Decretos/2012/Documents/Agosto/02/dec164002082012.pdf  el: 5/10/2016

Departamento Nacional de Planeación Foro: “Dividendos Ambientales por la Paz” en Marzo de 2016: Consultado en: http://www.portafolio.co/economia/gobierno/ano-paz-colombia-ahorraria-billones-degradacion-ambiental-simon-gaviria-492267 el  6/10/2016.

Gobierno Nacional y FARC – EP –  2016. Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. Consultado en: https://www.mesadeconversaciones.com.co/sites/default/files/24_08_2016acuerdofinalfinalfinal-1472094587.pdf  el 8/10/2016.

Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales IDEAM, 2010. Estudio Nacional del Agua. Consultado en: http://www.ins.gov.co/lineas-de-accion/Red-Nacional-Laboratorios/Documentacin%20en%20Salud%20Ambiental/Estudio%20Nacional%20de%20Agua%20IDEAM,2010.pdf el 6/10/2016.

Ley 388 de 1997 sobre ordenamiento territorial. Consultada en: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=339 el: 5/10/2016

Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,  (2010). Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico, Colombia,

OCDE, (2009). Cuestionario de la OCDE sobre la Gobernanza del Agua. Extraído de: http://www.oecd.org/regional/regional-policy/44689641.pdf el  6/10/2016.

Plan Nacional de Desarrollo 2006 – 2010, consultado en: https://www.dnp.gov.co/Plan-Nacional-de-Desarrollo/PND%202006-2010/Paginas/PND-2006-2010.aspx  el: 5/10/2016

[1] Este artículo hace parte del proceso investigativo que lleva el autor en el marco de la Maestría en derecho en la Universidad de Antioquia – Colombia.

[2] Director del Centro Latinoaméricano de Estudios Ambientales  – CELEAM, profesor de la Universidad de Medellín – Colombia y estudiante de la Maestría en derecho en la Universidad de Antioquia – Colombia.

[3] Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia – Ejército del Pueblo.

[4] “Artículo 3 Decreto 1640 de 2012: Entiéndase por cuenca u hoya hidrográfica el área de aguas superficiales o subterráneas que vierten a una red natural con uno o varios cauces naturales, de caudal continuo o intermitente, que confluyen en un curso mayo que, a su vez, puede desembocar en un río principal, en un depósito natural de aguas, en un pantano o directamente en el mar.

[5] Son definidos por el artículo 18 del Decreto 1640 de 2010 como: Instrumento a través del cual se realiza la planeación del uso coordinado del suelo, de las aguas, de la flora y la fauna y el manejo de la cuenca entendido como la ejecución de obras y tratamientos, en la perspectiva de mantener el equilibrio entre el aprovechamiento social y económico de  tales recursos y la conservación de la estructura físico – biótica de la cuenca y particularmente del recurso hídrico.