Inicio Derechos Humanos Así funcionan los despidos irregulares durante el Covid -19

Así funcionan los despidos irregulares durante el Covid -19

Los despidos masivos, selectivos y las licencias no remuneradas hacen parte de las prácticas de un sector empresarial en el país durante las últimas semanas. Sindicatos, centrales de trabajadores y organizaciones sociales le piden al Ministerio del Trabajo que actúe de inmediato ante esta situación.

-

El 20 de marzo, Arturo Calle Calle, dueño de una compañía de ropa masculina, escribió en un comunicado que “nos vemos enfrentados ante un enemigo invisible, que está desafiando la humanidad contemporánea, como nunca antes se había visto” y que, para proteger a sus seis mil empleados y a sus clientes, decidía cerrar sus tiendas, pero que les seguiría pagando mientras dure la cuarentena a causa del Covid-19.

En entrevista con el diario El Tiempo, Calle dijo que “nuestro personal, toda la vida, ha tenido contrato indefinido. A algunos les cuadraremos vacaciones y a quienes no, pues no habrá problema: siempre hemos cumplido y en este momento mucho más. Por dinero no se tienen que preocupar, les consignaremos a sus cuentas».

Un mensaje similar expresó el presidente Iván Duque, pues “el Gobierno Nacional no está en el plan ni de promover ni de apoyar despidos masivos. Hemos tomado medidas de alivio, pensando en la micro, en la pequeña, en la mediana empresa, donde está el 97 por ciento del empleo, y hemos pensado en los trabajadores”. El ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, aseguró que el gobierno no permitirá despidos masivos, dado que las medidas macroeconómicas que tomaron tienen como fin ayudar al empresario a sortear la crisis. Y planteó una solución: “primero, agote la medida de vacaciones normales, colectivas, todas remuneradas. Segundo, la nueva figura que estamos impulsando desde el Ministerio de Trabajo es de vacaciones anticipadas, así el trabajador todavía no tenga derecho a ellas”

A pesar de esto, hay una serie de despidos irregulares y de decisiones de algunas empresas del país que van en contra de lo que expresaron el presidente y el ministro, en un momento en el cual es incierto el tiempo que durará la cuarentena.

Algunas irregularidades

En un correo electrónico, el vicepresidente de Avianca, Renato Covelo, manifestó que les daba a los trabajadores la “oportunidad de solicitar una licencia no remunerada. “La garantía que nos dieron, a grandes rasgos, fue mantenernos el contrato y el pago de la seguridad social”, dice una de las personas afectadas. Dicha licencia inició el primero de abril y tendría una duración entre uno y seis meses. Según la comunicación firmada por Covelo, la decisión de optar por esta licencia no remunerada es “una manera de apoyar a la compañía en el largo plazo”. Indica, además, que otras aerolíneas en el mundo están tomando medidas más drásticas, las cuales no descartan si la situación se prolonga.

Los despidos y suspensiones de los contratos varían con las empresas. En el caso del restaurante OMA, hubo trabajadores que recibieron una carta el 19 de marzo en la que se les informaba que el día siguiente se suspendería su contrato por una “fuerza mayor”, amparándose en el numeral primero del artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo.

Germán Marín, líder de Derechos Humanos de la Central Unitaria de Trabajadores en Antioquia, habla de la responsabilidad de algunas empresas de enviar a los trabajadores a sus casas con licencias remuneradas o a vacaciones, “pero otros se pegan de otros artículos que les da el Código Sustantivo del Trabajo, pero ahora lo que alegan es una situación de calamidad.”

Este argumento es criticado por Marely Cely, directora del Centro de Atención Laboral-CAL  Puerto Wilches, quien señala que en el país hay unos criterios para hablar de despidos colectivos. En principio, dice, una empresa grande no puede hacer despidos que superen el 10% de la población trabajadora. Es decir, si tienen cien empleados, solo pueden despedir diez, en un tiempo de seis meses, además los despidos de este tipo requieren la autorización del Ministerio de Trabajo. Señala también que están notando un alza en los despidos, que pueden ser de justa o sin justa causa. Para Cely, en el Código Sustantivo del Trabajo “en ninguna parte dice que se puede despedir por fuerza mayor, en el caso en el que hoy estamos viviendo, que es una crisis de sanidad por el virus y a su turno por las medidas del gobierno de aislar la población, no se puede considerar como razón para justificar un despido. Eso quiere decir que no se puede producir un despido por justa causa argumentando como razón lo que estamos viviendo. A todas luces eso es ilegal.” Indica que entre las causales no está ni la fuerza mayor ni el caso fortuito, por lo que no se puede considerar que la pandemia sea una razón para despedir a los trabajadores.

Para Luz Nely Osorno, presidenta del Instituto Popular de Capacitación (IPC), “es muy importante que el Gobierno nacional sea contundente en términos de exigir a los gremios que paren las masacres laborales, e impongan sanciones que demuestren que le preocupa el bienestar de los colombianos; preocupa que se convierta en la oportunidad para hacer las reformas que antes de esta pandemia se venían anunciando y por las cuales se venían presentando movilizaciones desde el mes de noviembre, por parte de la ciudadanía en las calles». 

Por medio de la circular 021 del 17 de marzo 2020, el Ministerio de Trabajo les recuerda a los empleadores y trabajadores del sector privado que hay unos mecanismos que se deben implementar como el trabajo en casa, el teletrabajo, la jornada laboral flexible, las vacaciones anuales anticipadas y colectivas y los permisos remunerados.

Dos días después, el Ministerio, por medio de la resolución 0803 del 19 de marzo de 2020, asegura que “se hace necesario someter todas y cada una de las solicitudes de autorización de suspensión del contrato y despidos colectivos sean atendidas de manera prioritaria por parte de la Unidad Especial de Investigaciones Especiales en razón al grave impacto a la economía y al tejido social del país”, por lo que no autorizan las solicitudes de las empresas de suspender por 120 días los contratos ni los despidos masivos.

El 25 de marzo, el Ministerio le envió una carta al representante legal de Conasfaltos, empresa del sector de la construcción, ante un caso de suspensión de un contrato laboral. En la carta de despido la empresa se amparó en el artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo, sin embargo, el Ministerio advirtió en la misiva que “debe ser una prioridad de todos estimular la economía y el empleo, sostener los puestos de trabajo y los ingresos”, por lo que lo invitaban a revisar las alternativas que les da la circular 21.

Flores Silvestres S.A. es una empresa de flores de Antioquia que tenía alrededor de 800 empleados, 300 de ellos contratados mediante empresas temporales. Estos fueron despedidos. De los restantes, unos 400 son operarios, quienes trabajan con las flores en campo. Están trabajando medio tiempo y recibiendo la mitad del salario que percibían. Por su parte, los administrativos, continúan trabajando tiempo completo, pero recibiendo la mitad del salario. Un empleado asegura que nunca hubo un acuerdo entre las partes, sino que fue una decisión unilateral de la empresa.

Comunicación enviada por Flores Silvestres S.A. a sus trabajadores.

Prácticas antilaborales

Estas situaciones son prácticas antilaborales, agrega Marely Cely, y las empresas se están aprovechando de la reacción tardía del Ministerio. Además, cuenta, las empresas están haciendo “supuestas transacciones, conciliaciones con los trabajadores: o ustedes disminuyen el salario o los despido. Y los trabajadores aceptan porque en esta situación nadie quiere ver comprometida su única fuente de ingreso. Es un aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de los trabajadores, en términos de imposición de prácticas ilegales de los empresarios”.

Ante esta situación la CUT denunció los despidos selectivos, masivos y licencias no remuneradas que algunas empresas están haciendo, para lo cual citan a “Locería Colombiana, Vestimundo, Vehículos del Camino, Café OMA, Guamito, Pink Rose, Grupo Eshkol Premium, Mabe Colombia, Conasfaltos, Centro de Diagnóstico Automotor AUTOMAS, o entidades como el Municipio de Medellín que cancela contratos de muchos docentes provisionales, sin contar con los casos que vienen ocurriendo en el resto del país como en Ecopetrol o Compass Group en el Cesar.”

La CUT pide que el Ministerio del Trabajo tome medidas para detener esta “masacre laboral” que viola, según el documento, la legislación colombiana y que deja a miles de familias sin el sustento económico, “a ello se une la calamitosa situación que padecen los trabajadores informales e independientes que son más del 60 por ciento de la población, o los migrantes venezolanos.”

Pero los despidos no han parado. El Ministerio del Trabajo publicó la circular 27 de 2020 en la que prohíbe a los “empleadores de coaccionar a los trabajadores a tomar licencias no remuneradas”, como sucedió en la empresa Avianca. En este documento asegura que “no es permitido obligar a los trabajadores a solicitar y acceder a tomar licencias no remuneradas, so pretexto de mantener el empleo, pues dicha práctica, además de ser ilegal, afecta dolorosamente la vida del trabajador y su familia, al no poder contar con ingresos suficientes para atender la crisis.”

En ese sentido, Nely Osorno considera que “es necesario que las élites empresariales aporten a la crisis en la que está sumida el país y demuestren que están a la altura del momento y que de verdad tienen responsabilidad social empresarial, así como el Gobierno debe garantizar el trabajo decente.”

En el momento no hay información precisa sobre las personas que han perdido sus empleos, pero los casos denunciados en redes sociales o a través de sindicatos y centrales obreras dan cuenta de uno de los efectos más graves que ha tenido el Covid-19 en Colombia.

Lea también: El asesinato de líderes sociales no para ni en cuarentena