La historia es bastante vieja, pero en el siglo XIX se les llamaba “dueños del cielo, dueños del infierno”, a los propietarios de lo que se conoce hoy como Reconocimientos de Propiedad Privada (RPP). Dice el investigador Álvaro Pardo que estos RPP vienen de la colonia española, aunque otros provienen de un decreto del libertador Simón Bolívar. Con estos se les entregó la propiedad del suelo y del subsuelo a particulares, especialmente a militares, como pago por sus favores en la guerra, de extensas áreas donde, hoy sabemos, se explota carbón y oro a gran escala. La Constitución de 1991 dice que el Estado es dueño del suelo y el subsuelo, pero son bastantes las excepciones.

Esos títulos que vienen desde la colonia española ni siquiera fueron modificados por la Constitución de 1991 ni por la Ley 685 de 2001, conocida como el Código Minero. Ese beneficio no solo cobija a Mineros S.A., sino también a las empresas Carbones del Cerrejón y Carbones Colombianos del Cerrejón, que explotan un área denominada La Comunidad; a la Gran Colombia Gold, que posee los intereses de las minas de la extinta Frontino Gold Mines en los municipios Segovia y Remedios, en el Nordeste de Antioquia, y en Marmato, Caldas.

Hay otras empresas que también explotan oro en RPP como Four Points Mining SAS, Minera Croesus SAS, Zandor Capital S.A. Colombia, Compañía Minera de Amalfi, World Mining Corporation y Concreto y Asfaltos S.A.

Pero la historia de estas empresas no es solo que tengan un título de dos siglos de existencia, sino que son favorecidas por pagar menos regalías y, además, poseen miles de hectáreas que no explotan y que no han sido devueltas a la nación. Estas son algunas de las conclusiones que Álvaro Pardo evidenció en su artículo “Reconocimientos de Propiedad Privada (RPP), una excepción al régimen general del sector extractivo en Colombia. Dueños del cielo, dueños del infierno. La deuda social de Mineros S.A.”, publicado por el Observatorio de Derechos Humanos y Paz del Instituto Popular de Capacitación (IPC).

La deuda de Mineros S.A.

Álvaro Pardo señala que son históricos los privilegios de las empresas que explotan los RPP. Sin embargo, el Plan Nacional de Desarrollo del gobierno de Iván Duque les dio “un regalo” a las grandes mineras de oro y carbón y no subsanó “dieciocho años de negligencia e incapacidad de la autoridad minera para fijar las tarifas de regalías en línea con lo establecido por las altas cortes”, que señalan que las tarifas deben ser iguales, sin importar quién es el dueño de la propiedad.

Colombia produce cada año más de 40 toneladas de oro. De ellas, 8.7 toneladas, es decir una quinta parte, las producen Mineros S.A. y Gran Colombia Gold.

Para las explotaciones de carbón de menos de tres millones de toneladas, asegura Pardo, “la tarifa de regalías en los RPP fue fijada en 1.64%, frente al 5% de la tarifa general. ¿Quién se favorece? Los dueños de la mina La Comunidad”.

En cuanto a la tarifa de la regalía para oro y plata de aluvión en RPP, esta es del 2%, “un monto mínimo comparada con la tarifa general del 6%. ¿A quién beneficia? A la empresa Mineros S.A.”

Por su parte, la tarifa para el oro y la plata de veta se fijó en 0.4%, cuando es 4%, lo que beneficia a la firma Gran Colombia Gold, que explota sus minas en Remedios, Segovia y Marmato.

Por lo anterior, el investigador Álvaro Pardo insiste en que es una norma que favorece con nombre propio a grandes empresas mineras nacionales y extranjeras, “y que genera un enorme detrimento patrimonial”, además de que “estas compañías se han enriquecido con recursos que han debido ir al Fondo de Regalías o al Sistema General de Regalías.”

El 83% del oro que extrae Mineros S.A. proviene de sus RPP, y el 17% corresponde a la extracción de oro en contratos por concesión. Mientras en los RPP paga un promedio de 318 pesos por gramo de oro, en la segunda paga 2.840, casi nueve veces más. Es decir, asegura Pardo, “por cada gramo de oro extraído en los RPP dejó de pagar $2.522 pesos en promedio.”

Así las cosas, “Mineros S.A. debe a los colombianos 127.929’953.817 pesos, por concepto de regalías dejadas de cobrar gracias a la negligencia de la autoridad minera que no reglamentó entre 2005 y 2019, las tarifas de las regalías del oro extraído en los Reconocimientos de Propiedad Privada”, dice Pardo. Por eso para él estas empresas gozan del privilegio de ser dueños del suelo y del subsuelo.

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Los predios que no volvieron a la Nación

Máquina trabajando cerca del río Nechí, en el Bajo Cauca antioqueño. Foto: Instituto Popular de Capacitación (IPC).

Soledad Betancur, investigadora del Instituto Popular de Capacitación (IPC), dice en su artículo Minería y ordenamiento territorial en Antioquia, que mediante Resolución 002274 del 8 de julio de 1974, el Ministerio de Minas y Energía le reconoció a Mineros S.A. el dominio de 29 RPP en el Bajo Cauca antioqueño.

Según la Ley 20 de 1969, los RPP debían ser devueltos a la Nación si no eran explotados. En el 2012, la Unidad de Planeación Minero-Energética (UPME) y la Facultad de Minas de la Universidad Nacional, sede Medellín, aseguraron que once RPP estaban inactivos sin justificación, “se evidencia la falta de presencia por parte del Estado, toda vez que el desconocimiento en esta materia lleva a que la autoridad minera no lleve a cabo las herramientas jurídicas que como autoridad administrativa ostenta, tal como se ha sostenido”. Dice UPME y la Universidad Nacional, en el Estudio para determinar la metodología y los porcentajes de liquidación de regalías de los títulos de reconocimiento de propiedad privada, que la Ley 20 asegura que se extingue el título si la exploración o explotación se suspende por más de doce meses continuos sin causa constitutiva de fuerza mayor o caso fortuito. Pero en ninguno de esos casos la autoridad minera llevó a cabo un procedimiento, a pesar de la causal.

Mineros S.A., asegura Álvaro Pardo, debió devolver ocho RPP. Sin embargo, el 18 de julio de 2014, en la Notaría diecisiete de Medellín, esta empresa englobó en uno solo todos sus RPP. ¿Eso qué quiere decir? Que legitimó áreas sin explorar ni explotar que debieron volver a la Nación. 

Como se decía en el siglo XIX, las empresas poseedoras de RPP en el país siguen siendo dueñas del cielo y dueñas del infierno.

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