La oposición como derecho y posibilidad de la democracia en Colombia

El Estatuto de Oposición de reciente aprobación representa una oportunidad y un enorme reto ante el momento que vive el país, altamente polarizado entre los sectores más representativos de derecha, hoy en el gobierno, y un espectro amplio de fuerzas de centro y de izquierda en la oposición, con una votación nunca vista en la política colombiana.

Sanción del Estatuto de la Oposición por parte del entonces presidente de Colombia, Juan Manuel Santos. Foto: Presidencia de la República.
Rodrigo Osorno, educador e investigador del IPC
Publicado inicialmente en Semanario Virtual Caja de Herramientas

Los procesos sociales y políticos en Colombia, desde décadas atrás, han reclamado con vehemencia la necesidad de crear un sistema político abierto a las diversas miradas y posiciones de construir país; de que se puedan exponer propuestas alternativas de participación y control del poder político; de que haya manifestación libre, autónoma e independiente de posiciones críticas frente a los asuntos públicos que competen a todos; de que haya difusión pública  de las mismas, concitando audiencia y adhesión; y de que existan las garantías de aplicación y protección por parte del Estado y sus instituciones para que ello sea posible. Es decir, contar con un ambiente democrático y propicio para el ejercicio de oposición política.

En virtud del tema, la Constitución de 1991 planteó en uno de sus artículos:

Artículo 112. Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica que se declaren en oposición al Gobierno podrán ejercer libremente la función crítica frente a este, y plantear y desarrollar alternativas políticas. Para estos efectos, se les garantizarán los siguientes derechos: el acceso a la información y a la documentación oficial, con las restricciones constitucionales y legales; el uso de los medios de comunicación social del Estado o en aquellos que hagan uso del espectro electromagnético de acuerdo con la representación obtenida en las elecciones para Congreso inmediatamente anteriores; la réplica en los mismos medios de comunicación1.

Históricamente lo que ha sucedido es contrario a este espíritu. Por ejemplo, el Frente Nacional significó un sistema político de ejercicio del poder del Estado entre dos partidos, al tiempo que cerró las posibilidades a otras opciones políticas y movimientos sociales, fundando así, creencias y prácticas, acerca de que actuar con posturas políticas distintas era estar en la ilegalidad y por tanto esto debía ser combatido. Así se concibió y actúo por parte del establecimiento, convirtiéndose ésta en una de las causas que incidió profundamente en el conflicto armado colombiano que hoy se intenta superar.

Del mismo modo, los varios intentos de leyes para producir en el Congreso de la República el Estatuto de la Oposición, después de haberse contemplado en la Constitución colombiana de 1991 la oposición como un derecho a ser garantizado y protegido por parte del Estado, demuestra la resistencia de los sectores dominantes a que este país se construya política y democráticamente distinto a como lo han concebido tradicionalmente.

El estatuto de la oposición era una de las principales deudas del Congreso de la República. La necesidad de su creación quedó consagrada en la Constitución de 1991. Sin embargo, pasaron más de 25 años y 11 intentos fallidos para que ese organismo finalmente promulgara esa normatividad, el pasado 25 de abril, en medio de la implementación del proceso de paz, el Capitolio lo aprobó finalmente vía “fast track”2.

En el marco del acuerdo de paz entre el Gobierno de Santos y las Farc y de la legislación especial para su implementación, se adopta el estatuto de la oposición política y algunos derechos a las organizaciones políticas independientes, mediante Ley 1909 de julio 9 de 2018. En uno de sus artículos plantea la oposición como un derecho fundamental. “De conformidad con los artículos 40 y 112 de la Constitución Política, la oposición es un derecho fundamental autónomo que goza de especial protección del Estado y las autoridades”3.

Entre otros puntos, el Estatuto de la Oposición aprobado plantea: a los partidos de oposición con personería jurídica o movimientos significativos de ciudadanos que tienen representación en las corporaciones públicas, el derecho de réplica, representación en mesas directivas, a espacios de medios de comunicación y a financiación de sus actividades.

 

Apertura democrática y oposición

El estatuto de Oposición de reciente aprobación representa una oportunidad y un enorme reto ante el momento que vive el país, altamente polarizado entre los sectores más representativos de derecha, hoy en el gobierno, y un espectro amplio de fuerzas de centro y de izquierda en la oposición, con una votación nunca vista en la política colombiana. Los retos se relacionan con las posibilidades de que estas fuerzas construyan un sentido político de acción común en pro de la aplicación de agenda de paz pactada, acciones en contra de la corrupción, un mínimo de reformas a los problemas más palpitantes que viven las mayorías, y, por ende, la oportunidad de hacer una oposición, que se traduzca un sistema político cada vez más amplio.

El reconocimiento de la oposición política como derecho fundamental a ser aplicado y protegido por parte del Estado, implica por sí mismo, el reconocimiento de un ambiente plural y diverso, en el que partidos, movimientos y organizaciones con posturas políticas y sociales diferentes, pueden concurrir bajo las reglas de la democracia a participar en la conducción del Estado y al ejercicio de control político, hechos todos muy significativos en dirección a la generación de una apertura democrática.

Semanario Caja de Herramientas

Edición 602 – Semana del 24 al 30 de agosto de 2018